DESPARCHE RECORDS - ACTA 002
Santafé de Bogotá, 11 de junio de 2005
Mediante la cual se establecen las multas por mal uso de las
Lenguas Española e Inglesa
ASISTENTES: David Sarmiento Quintero
Ligia Pastrán Reina
Mediante este documento se busca testificar la penalización que ha sido acordada aplicar cuando los participantes de este encuentro electrónico transgredan las normas de la gramática, semántica, fonética y ortografía de los idiomas Inglés y Español en sus conversaciones. Los puntos acordados son los siguientes:
- Cuando se identifique un error de tipo gramatical, semántico, fonético u ortográfico en la interacción (en Inglés o Español), el autor de éste deberá entregar $200 (doscientos pesos colombianos, moneda corriente) a la cajera, una alcancía que debe ser conseguida en un plazo máximo de 24 horas después de la firma de aceptación de este documento. El valor de esta compra será compartido equitativamente.
- Los fondos recaudados en la alcancía, cuyo nombre se indicará más tarde, serán destinados a diferentes actividades conjuntas y serán supervisados por los dos participantes de este encuentro.
- Es permitido que cada participante cometa 10 errores diarios, que pueden llevarse a cabo en cualquier situación unicamente si anuncia previamente las transgresiones que se dispone a realizar. Se entiende por “situación”: llamada telefónica, correo electrónico, chat y encuentro personal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario